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viernes, 6 de diciembre de 2013

ILLUMINATI: ¿USTED SABE QUIÉNES SON EN VERDAD? - PARTE 4


Si no eres judío, sé feliz: eres noájida.


   Continuemos analizando lo que las Siete Leyes Noájidas implican. Estos textos pueden ser encontrados en la internet, en la página oficial del movimiento Jabad-Lubavich (en este caso, de Argentina).

   El propósito primario de las Siete Leyes Universales es enseñar a los Hijos de Noaj acerca de la Unicidad de Dios y, por tanto, les es permisible el estudio de aquellas partes de la Torá que corresponden a este conocimiento. Esto incluye los veinticuatro libros de las Escrituras Hebreas; y, del mismo modo, el estudio de cualquier parte de la Torá que conlleve un mayor conocimiento en lo concerniente al cumplimiento de los Siete Mandamientos por parte del Noájida, es permisible. Pero el estudio Talmúdico o Halájico de las materias que corresponden exclusivamente al servicio Judío hacia Dios, está prohibido. El Noájida que estudia porciones de la Torá que no le corresponden, daña su alma. (Observación muy útil para mantener apartadas a las mentes curiosas... )

Yud-Tess, Kislev Farbrengen, con el Lubavitcher Rebbe, 5745 (1984)

Lubavitcher Rebbe



  • Si un Noájida está, a la manera judía, esforzándose por aprender Torá o por guardar el Shabat, o si revela nuevos aspectos de la Torá, pudiera ser literalmente restringido e informado de que es merecedor de la pena capital, pero no se lo ejecutará.
  Nota.- La acción tomada en su contra tiene por objeto simplemente disuadirlo de cometer actos prohibidos.
   Nota.- SI LA CORTE QUE ESTÁ ESTABLECIDA EN CONSONANCIA CON LAS SIETE LEYES UNIVERSALES DECRETA LA PENA DE MUERTE A UN NOÁJIDA (por alguna transgresión o crimen), la ejecución es una expiación por la transgresión de esta persona y, consecuentemente, quien transgrede y es castigado (con la pena capital) por la corte puede ameritar una porción en el Mundo por Venir (Tanya, Iggeret HaTeshuvá, capítulo 1, página 90b). Además, EL NOÁJIDA DEBE REENCARNAR PARA ESTAR EN CAPACIDAD DE EXPIAR LAS ACCIONES QUE, EN EL PASADO, COMETIÓ.


Como se ve, ejecutarlo (decapitarlo) 
es un GRAN FAVOR 
QUE LE HACEN AL "TRANSGRESOR",
porque de esa manera podrá reencarnar
(¿dónde está eso en la Biblia, Señor?!!!)
para limpiar su karma... 



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  • La observancia de las Siete Leyes Noájidas es un yugo de fe para con Dios; es decir, deben ser observadas exclusivamente porque Dios las ordenó. Si un Hijo de Noaj observa estas Siete Leyes Universales por otra razón que no sea cumplir con el deseo de Dios, dicho cumplimiento es inválido y por tanto no le corresponde recompensa divina alguna. Esto quiere decir que si un Hijo de Noaj dice, "Estas leyes se presentan como sensibles y benéficas, por tanto las observaré", sus acciones no concretan nada y no recibirá recompensa. (Mishné Torá, Leyes de Reyes, capítulo 8, ley 11)
  OBS.: Obsérvese que no alcanzará con una amable aceptación de la bondad de estas leyes para considerar que las mismas están siendo cumplidas... por lo que bastará una simple acusación contra la "intención" de una persona (como si los seres humanos fueran capaces de leer la mente) para que esta sea condenada y ejecutada.

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  • Cuando un Hijo de Noaj se embarca en el estudio de las Siete Leyes Universales, es capaz de alcanzar un nivel espiritual SUPERIOR al del Sumo Sacerdote de los Judíos, quien es el único que tiene la santidad para entrar al Lugar Santísimo en el Templo de Jerusalén. (Talmud de Babilonia, Baba Kamma 38a).

PREGUNTA: 
Siendo que los gentiles tenemos tantas "limitaciones" ¿cómo sería posible que existiese la remota posibilidad de que uno de ellos alcanzase un nivel espiritual SUPERIOR al del Sumo Sacerdote de los Judíos? ¿Será ésta una sutil preparación para la aceptación del ANTICRISTO?



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  • Si un Noájida desea aceptar la reponsabilidad completa de la Torá y de los 613 Mandamientos, puede optar por la conversión y (entonces) ser judío en cada aspecto. A aquel que opta por esta ruta se le conoce como un guer tzedek, un prosélito justo. (Shulján Aruj, Yoré Deá, Leyes de Conversión, capítulo 268, ley 2). Es un principio del Judaísmo, sin embargo, no buscar conversos; y todo individuo que solicita la conversión es generalmente desmotivado. En caso de que la persona persista en su deseo de conversión, deberá tomar consejo exclusivamente de un Rabino (o erudito) Ortodoxo porque si la conversión es realizada por fuera de los parámetros de la Halajá (Ley de la Torá), no es para nada una conversión válida. Asimismo, una conversión supervisada y concedida por rabinos quienes, por su cuenta, no siguen las leyes de la Torá, es nula y vacua: no es reconocida en los cielos ni por ningún judío temeroso de Yahweh.
OBS.: Yahoshua fue enfático: "¡Ay de vosotros, escribas y fariseos, hipócritas! Porque recorréis mar y tierra para hacer un prosélito, y una vez hecho, le hacéis dos veces más hijo del infierno que vosotros." (Mt 23.15).

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  • El castigo estatutario por transgredir cualquiera de las Siete Leyes de Noaj es la PENA CAPITAL. (Mishné Torá, Leyes de Reyes, capítulo 10, ley 14). De acuerdo con algunos sabios, el castigo es el mismo ya sea con conocimiento o ignorancia de la ley. (Talmud de Babilonia, Makkot 9a, comentario de Rashí, "Por tanto…"). De acuerdo con otros, un transgresor que es ignorante de la Ley Noájida recibe la pena de muerte sólo en el caso de asesinato. (Mishné Torá, Leyes de Reyes, capítulo 10, ley 1).
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  • Si la corte no puede condenar a un individuo por falta de testigos o por cualquier otra razón (veáse el capítulo sobre las Cortes de Justicia), el transgresor será castigado por Decreto Divino. (Comentario de Rashí sobre Éxodo 23:7 y 21:13) (Talmud de Babilonia, Sanedrín 37b).
OBS.: ¿Debemos imaginarnos por mano de quién ese "Decreto Divino" será ejecutado?


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  • Si uno de los Hijos de Noaj se levanta y lleva a cabo un milagro y dice que Dios lo envió, para entonces instruir a otros aumentando o quitando de lo concerniente a cualquiera de las Siete Leyes o las explica de una manera que no fue escuchada en el Monte Sinaí o si afirma que los 613 Mandamientos dados a los Judíos no son eternos (sino restringidos a un período fijo), ESTA PERSONA ES CONSIDERADA UN FALSO PROFETA E INCURRE EN LA PENA CAPITAL. (Mishné Torá, Leyes sobre los Fundamentos de la Torá, capítulo 9, ley 1).



OBS.: Este es un punto CLARAMENTE contrario a la religión cristiana, que sostiene que la ley debía ser aplicada durante el Antiguo Testamento, como Pablo indica en Gálatas 3.23-29: "Pero antes que viniese la fe, estábamos confinados bajo la ley, encerrados para aquella fe que iba a ser revelada. De manera que la ley ha sido nuestro ayo, para llevarnos al Mashíaj, a fin de que fuésemos justificados por la fe. Pero venida la fe, ya no estamos bajo ayo, pues todos sois hijos de Elohim por la fe en Yahoshua ha'Mashíaj; porque todos los que habéis sido bautizados en el Mashíaj, del Mashíaj estáis revestidos. Ya no hay judío ni griego; no hay esclavo ni libre; no hay varón ni mujer; porque todos vosotros sois uno en Yahoshua ha'Mashíaj. Y si vosotros sois del Mashíaj, ciertamente linaje de Abraham sois, y herederos según la promesa."


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  • En conformidad con las Siete Leyes Universales, el hombre está advertido respecto a crear cualquier religión basada en su propio intelecto: le corresponde o bien observar las Leyes Noájidas (si es gentil) o bien observar los 613 Mandamientos de la Torá (si es judío) (Mishné Torá, Leyes de Reyes, capítulo 10, ley 9).
Nota.- ...el Noájida tiene estrictamente prohibido crear una nueva festividad que tenga un sentido religioso para afirmar entonces que es parte de su propia religión, aun si la religión fuera la observancia de las Siete Leyes Noájidas. Por ejemplo, tiene prohibido establecer una festividad celebrando el asentamiento de las aguas del Diluvio o cualquier cosa por el estilo. Y, lo que es más importante, tiene prohibido instituir festividades que adscriban significado religioso a eventos fuera de la esfera de los Siete Mandamientos Noájidas. La celebración de actividades seculares y la conmemoración de hechos históricos, aun si involucran una comida festiva, están permitidas.

OBS.: ¿Qué se hará entonces, con las fiestas de las otras religiones mundiales? ¿Y qué con la cabeza de aquellos que insistan en continuar con sus creencias? 

Ah! Y... despierten, nuevaeristas y seguidores de las religiones paganas que tanto están haciendo para la implantación del NOM: sus "creencias" tampoco serán toleradas, llegado el justo momento.



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  • El mandamiento de ser fructífero y multiplicarse fue entregado a Noaj pero, puesto que no fue repetido en el Monte Sinaí, este mandamiento no es considerado como parte de las Siete Leyes Universales (Talmud de Babilonia, Sanedrín 59b). Sin embargo, los Hijos de Noaj tienen la obligación de convertir al mundo entero en un lugar acogedor para la humanidad. (Sefer HaJinnuj, Primer Mandamiento) Esto se cumple de forma mínima cuando la pareja trae a este mundo un niño y una niña que a su vez sean capaces (cuando llegue el momento) de reproducirse (Shulján Aruj, Even HaEzer, capítulo 1, ley 5). Más aun, la pareja que engendra más hijos está trayendo más benevolencia espiritual al mundo, suponiendo que estos niños son educados en un ambiente de moralidad a través del cumplimiento de las Siete Leyes Universales.

OBS.: Los que tienen la obligación de hacer del mundo un lugar acogedor son los gentiles... no los judíos. Esta es claramente una especificación de la relación amo/esclavo que los seguidores del Talmud proclaman:

  • "Sólo vosotros los israelitas sois dignos de ser llamados hombres, pues los demás pueblos del mundo no son dignos de llamarse hombres, sino bestias". (Baba mezia, 114 c. 1)
  • "El no judío es como un perro, y las sagradas escrituras nos enseñan a honrar al perro más que a un no judío". (Ereget Raschi Erod. 22, 30)
  • "Aunque también Dios haya creado a los gentiles, ellos son sólo animales en forma humana. No es conveniente para un judío ser servido por un animal; pero sí posee la voluntad para ser servido por estos animales en forma humana". (Midrasch Talpioth, p. 255, Warsaw 1855)
  • "Jehová creó al no Judío en forma humana para que el Judío no sea servido por bestias. Por lo tanto, el no Judío es un animal en forma humana, condenado a servir al Judío de día y de noche." (Midrasch Talpioth, 255 l, Warsaw 1855)







FUENTES:






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Publicado por: Anunciadora de Sión
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